¿Cuándo permite la DGT llevar un pasajero en la bici? - NIUS

2022-10-14 21:44:13 By : Ms. Cindy Hu

Muchos usuarios eligen la bicicleta como medio de transporte para transitar por las vías públicas. Se trata de una alternativa ecológica, barata y cómoda para moverse en la ciudad y trasladarse de un lugar a otro fácilmente. De hecho, se ha convertido en la forma de ir al trabajo, a la universidad o, incluso, para llevar a los niños al colegio.

Sin embargo, el hecho de trasladar a un pasajero en la bicicleta tiene ciertas normas de tráfico, al igual que el resto de conductores. Pues, la normativa general prohíbe circular con pasajeros en la bicicleta, al igual que sucede con los patinetes eléctricos, pero existe una excepción que permite llevar un acompañante en la parte trasera del ciclo.

A bordo de una #bicicleta solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad. Llevar incorrectamente a un niño sanción de 100€. 👉https://t.co/OavrQlsAwZ#CeroRiesgos pic.twitter.com/vY7WlWv7cR

La DGT ha informado en sus redes sociales que, según la normativa vigente en nuestro país, solo se puede llevar en la bicicleta como pasajero a un niño menor de 7 años de edad. 

Asimismo, el adulto en cuestión debe tener más de 18 años y cumplir una serie de requisitos para no incurrir en una infracción durante el trayecto. Al respecto, según la normativa, dicha acción se castiga con una multa económica de 100 euros.

De esta forma, el menor debe ir correctamente sentado y abrochado en un asiento adicional homologado para trasportar pasajeros en bicicleta. A la hora de instalar este accesorio, hay que tener en cuenta el peso total máximo permitido para circular y que, efectivamente, el modelo que hemos comprado tenga los parámetros exigidos. Hay algunas sillas, dependiendo de su lugar de fabricación, que no cumplen los requisitos para ser utilizadas en España.

Por último, es obligatorio que el menor lleve el correspondiente casco protector correctamente abrochado. De lo contrario, se estaría infiriendo la normal general. 

También es importante recordar que la normativa indica que el uso de casco en bicicletas es obligatorio para los menores de 16 años y recomendable para el resto de usuarios. Las multas contempladas en el caso de no llevar casco cuando resulta obligatorio son de 200 euros.